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Funcionariado en Prácticas

Según consta en la base cuarta de la RESOLUCIÓN 1494/2011, de 29 de julio, (BON Nº 160 de 12 de agosto de 2011) de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se regula la fase de prácticas correspondiente al procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas de ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Cuarta.- El personal funcionario docente en prácticas deberá realizar la actividad de formación: “Formación inicial para personal funcionario docente en prácticas del Cuerpo de Maestros, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra”.

Dicha formación constará de un mínimo de 25 horas de duración que deberá finalizar antes del 1 de abril de 2012.

La actividad de formación tendrá las siguientes características:

1) Todo el personal funcionario docente en prácticas realizará un módulo de formación, de 9 horas de duración, cuya temática estará relacionada con Salud Laboral y prevención de Riesgos Laborales.

2) Asimismo, el personal funcionario docente en prácticas participará en las actividades de formación permanente del profesorado de las modalidades de carácter presencial, tipo seminario y/o curso, módulo, grupo de conversación y grupo de trabajo contempladas en el Plan de Formación del Profesorado correspondiente al curso 2011/2012 y/o la diseñadas en la Sección de Formación del Profesorado o las propuestas por las Unidades Administrativas del Departamento con el objetivo específico de atender al personal funcionario docente en prácticas. Además, para el colectivo de las especialidades de inglés (castellano) e inglés (vascuence), el Servicio de Planificación Lingüística ofrece una sesión informativa. Las actividades serán seleccionadas por las personas participantes atendiendo preferentemente a la relación de la actividad formativa con su especialidad.

3) El personal funcionario docente en prácticas deberá presentar su propuesta de formación antes del 14 de septiembre a las 12:00 horas de 2011, en el formulario online que se publicará en la Web del Departamento de Educación a tal efecto. El profesorado docente en prácticas deberá tener en cuenta, en primer lugar, la oferta formativa de su CAP de referencia según el centro de destino.

4) Los CAP analizaran las propuestas adjudicando las plazas formativas a las personas solicitantes y comunicaran por correo electrónico la actividad aceptada. Esta comunicación implica la inscripción en la misma, por lo que ésta no tendrá que realizarse.

Su realización será requisito indispensable para poder obtener la calificación final de Apto.

La Sección de Formación del Profesorado remitirá a la Comisión Calificadora informe que acredite que el personal funcionario en prácticas ha realizado durante el periodo de prácticas o está realizando en la fecha de finalización de las mismas la actividad formativa antes mencionada.


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