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Ver en www.navarra.es la ficha del catálogo de servicios con la "Oferta de Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI)”.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en su artículo 30 los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) destinados al alumnado mayor de 16 años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año del inicio del Programa, que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Excepcionalmente, y con acuerdo de alumnos y padres o tutores, dicha edad podrá reducirse a 15 años para aquellos que, una vez cursado segundo de Educación Secundaria Obligatoria, tras la oportuna evaluación, no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido una vez en secundaria.
Señala los siguientes objetivos:
Corresponde a las Administraciones Educativas la regulación de los Programas de Cualificación, para lo cual la Comunidad Foral de Navarra ha aprobado la Orden Foral 109/2008, de 4 de julio, del Consejero de Educación, así como la realización de la oferta necesaria, pudiendo adoptar distintas modalidades y contar con la posible participación de centros educativos, corporaciones locales, asociaciones profesionales y otras organizaciones o instituciones no gubernamentales.
La citada Orden Foral 109/2008 establece la modalidad denominada PCPI Básica la cual permite la obtención del título de Graduado en ESO y establece también, con carácter voluntario y para todas las modalidades, la posibilidad de realizar prácticas en empresa con una duración de entre 150 y 200 horas, prácticas reguladas mediante Resolución 44/2000 de 9 de mayo, del Director General de Educación.
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