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Corresponde al Director y al Secretario ejercer en primera instancia un control adecuado de las situaciones de incapacidad temporal del personal adscrito al centro y comunicar por escrito al Servicio de Recursos Humanos las incidencias que puedan producirse, al objeto de realizar las actuaciones que sean precisas, sin perjuicio de la cumplimentación de los partes de faltas que deben enviarse al Servicio de Inspección Educativa.
A tal efecto, en la presentación y comunicación de los partes de bajas y altas se deberán observar las indicaciones que se señalan a continuación, que deberán ser transmitidas a todos los trabajadores de los centros.
El personal en situación de incapacidad temporal por enfermedad o accidente debe presentar parte de baja al segundo día de ausencia del trabajo y, semanalmente, parte de confirmación de baja acreditativo de la permanencia en dicha situación. La presentación de los partes de confirmación de la baja es obligatoria para todos los empleados, incluidos los afiliados a MUFACE, si bien estos últimos sólo tienen obligación de presentarlo cada quince días durante los primeros tres meses y cada mes a partir del cuarto. Asimismo, es imprescindible la presentación de parte de alta médica para dar por finalizada la baja y proceder a la reincorporación del empleado a su puesto de trabajo.
En caso de permanecer un día ausente del puesto de trabajo por motivo de enfermedad o accidente, cuando el Director o el Secretario lo estimen conveniente podrán exigir al empleado el justificante facultativo, extendido por su médico de cabecera, que acredite la dolencia que ha padecido.
El personal, tanto docente como no docente, puede presentar los partes de baja y alta en el Registro del Departamento de Educación o en el centro de trabajo.
En caso de que se presenten en el Departamento, será obligatorio para los empleados la presentación o envío de una copia de dicho parte al centro de trabajo, a la mayor brevedad posible, a fin de que en el centro conozcan con exactitud las fechas de baja y alta.
En caso de que los partes se presenten en el centro de trabajo, y especialmente cuando el trabajador esté siendo sustituido durante su situación de incapacidad temporal, resultará imprescindible que el parte de alta se comunique al Departamento de Educación a la mayor brevedad, a ser posible de forma inmediata mediante correo electrónico (nca@cfnavarra.es), con el posterior envío de los partes originales por correo. Es importante que la comunicación se realice de una forma rápida para informar a la Seguridad Social de los cambios en las situaciones de altas y bajas. En periodos vacacionales, y a fin de que la tramitación referida pueda seguir realizándose con la misma celeridad, será preciso que el Director o el Secretario del centro se responsabilicen de la misma o encomienden su realización a la persona que corresponda.
La presentación de los partes de baja y confirmación deberá realizarse al día siguiente de la emisión de los mismos. En el caso de que no sea posible tal presentación en dicho plazo, se enviará una copia de los mismos mediante correo electrónico al Departamento o a la dirección del centro. Únicamente en circunstancias excepcionales, a considerar por la dirección del centro, podrá autorizarse la sustitución del envío por fax por una comunicación telefónica al centro. Respecto a los partes del personal afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, y por exigencias de la normativa que regula este régimen, es imprescindible que los documentos originales se entreguen o remitan al Departamento en un plazo de tres días para su posterior remisión al INSS.
No obstante lo anterior, en el caso de emisión de parte de alta, y dado que el trabajador debe incorporarse a su puesto de trabajo al día siguiente de la fecha que figure en dicho parte, cuando su puesto de trabajo esté siendo desempeñado por otro trabajador en virtud de un contrato de sustitución, será obligatorio comunicar al centro que se va a producir la incorporación al día siguiente, a fin de que el empleado afectado conozca la finalización de su contrato ese mismo día. Desde la dirección del centro se comunicará inmediatamente al Servicio de Recursos Humanos la finalización del contrato, remitiendo el parte de alta si el mismo se presenta en el centro. Dicha comunicación y remisión, en su caso, se realizarán tanto en periodos lectivos como en periodos vacacionales, tal y como se ha señalado en el punto anterior.
- Los funcionarios afiliados a MUFACE que reciben la prestación de la asistencia sanitaria a través de la Seguridad Social no están afiliados al Régimen General de la Seguridad Social.
- La prestación sanitaria en caso de accidente de trabajo se realiza a través de Mutua Navarra sólo en el caso del personal afiliado al Régimen General de la Seguridad Social.
- Las comunicaciones señaladas anteriormente se realizarán a los siguientes números del Servicio de Recursos Humanos:
• Tel.: 848 42 65 19
• Dirección de correo electrónico: http:nca@cfnavarra.es
C/ Santo Domingo s/n - 31001 Pamplona - T 848 42 65 00 - F 848 42 60 52