El Gobierno aprueba un informe de disconformidad respecto de la proposición de ley de UPN acerca de los conciertos educativos - El Gobierno aprueba un informe de disconformidad respecto de la proposición de ley de UPN acerca de los conciertos educativos - Dpto
El análisis jurídico de la iniciativa regionalista detecta visos de inconstitucionalidad y su aprobación provocaría el incumplimiento de la legislación educativa básica
2026/05/06
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un informe de disconformidad con la proposición de Ley Foral del grupo parlamentario de UPN por la que se establecen los criterios de modificación de las unidades educativas de la educación pública y concertada ya que, de aplicarse la moratoria prevista en la disposición transitoria única planteada, se estarían incumpliendo las exigencias previstas en la normativa básica y se estaría vulnerando el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos, al estar obligando el Gobierno de Navarra a mantener unas unidades concertadas en las que no hay necesidades de escolarización y al ser contrarias a la programación de la oferta educativa realizada por el Departamento de Educación para el curso 2026-2027.
El informe subraya asimismo que se verían vulnerados los artículos 31.2 y 103.1 de la Constitución Española que promueven la asignación equitativa y la eficiencia en materia de recursos públicos y el principio de eficacia que debe regir la actuación de las administraciones públicas.
El informe que ha conocido y aprobado el Ejecutivo foral recuerda que el Tribunal Supremo ha tenido ocasión de manifestarse en diversas ocasiones sobre la reducción de unidades concertadas en caso de disminución de la natalidad, avalando dicha reducción si hay plazas sobrantes en el resto de centros, con base en la programación educativa y en los principios de eficiencia y economía establecidos en la Ley Orgánica de Educación y con el fin de procurar un reparto igualitario de alumnado entre todos los centros sostenidos con fondos públicos.
Respecto del artículo 1.2 de la proposición de Ley Foral, el informe califica de “insólito” que un grupo parlamentario proponga que el destinatario del concierto, es decir, quien recibe las ayudas, “pueda proponer los criterios que deberán ser valorados de forma obligatoria por la Comisión de Conciertos de cara a la concesión del número de unidades concertadas, pudiendo presumirse que dichos criterios”, apunta el informe, “no se dirigirán a la satisfacción del interés público sino de sus propios intereses particulares”.
Por otro lado, en cuanto a lo dispuesto en el artículo 1.1 de la proposición de Ley Foral, en la que establece que el Departamento de Educación, al fijar los criterios para la renovación de los conciertos, debe tener especial consideración a aquéllos que garanticen la libertad de las familias para elegir la educación que quieren para sus hijas e hijos, el informe subraya que “no se puede estar más de acuerdo con dicha garantía. De hecho, en este momento, en la asignación provisional de plazas del procedimiento de admisión de 3 años para el curso 2026-2027, el 98,9% del alumnado ha obtenido plaza en su primera opción”.
La proposición de Ley Foral pretende introducir dos medidas contradictorias entre sí, que tendrían un gran impacto en la planificación educativa de los centros públicos y concertados de la Comunidad Foral de Navarra.
En primer lugar, hay que señalar que el artículo 2 de la proposición de Ley Foral establece que se aplicarán en la enseñanza concertada los mismos criterios de reducción de ratios de la escuela pública, de forma que en 1º y 2º de Educación Infantil y 1º y 2º de Educación Primaria, la ratio máxima aplicable es de 23 alumnos/as por aula y en primer curso de la ESO es de 28 alumnos/as por aula. Por su parte, la Disposición Transitoria única de la misma proposición de Ley Foral ordena mantener en el curso 2026-2027 las unidades públicas y concertadas. La consecuencia habitual de la reducción de ratios es el incremento de unidades por desdoble de las mismas, pero contradictoriamente, la misma proposición obliga a mantenerlas, haciendo imposible ese incremento.
Por ello, el Informe de disconformidad del Gobierno de Navarra destaca que “la reducción de ratios, unida a la imposibilidad de incrementar unidades, afecta al proceso de admisión del alumnado para el curso 2026-2027, que ya está en marcha y que tendrá como efecto que haya que rehacer la adjudicación definitiva de puestos escolares en 1º de Educación Infantil, puesto que la fecha estimada de votación en pleno de la proposición de Ley Foral va a ser posterior a la publicación de dicha adjudicación”.
Entre las consecuencias de esa nueva adjudicación el informe cita la reducción de las vacantes disponibles en la mayoría de centros concertados. Añade que “habrá alumnado que, al tener que repetirse el proceso de admisión con menos vacantes en esos centros concertados, no va a tener la plaza escolar previamente adjudicada con carácter definitivo. El informe habla de un número total de afectados “impredecible”, puesto que, al volver a resolver, todas las so-licitudes vuelven a entrar en juego con muchas menos plazas disponibles.
Otro efecto de la ley es que obliga a mantener las 15 unidades concertadas que se ha propuesto suprimir en la Resolución 26/2026, de forma que en aplicación de la proposición de Ley Foral existirán aulas concertadas estrictamente con cero alumnos.
Por otra parte, esta proposición de Ley Foral se presenta cuando los centros educativos públicos están elaborando sus plantillas de profesorado, en base a la planificación educativa establecida por el Departamento de Educación, que tiene intención de realizar la adjudicación de destinos para todo el personal funcionario, y para el personal contratado de los cuerpos de Secundaria y FP, en el mes de junio. La aprobación de esta proposición de Ley Foral exigiría rehacer la plantilla de profesorado de todos los centros públicos. Es decir, afectaría a todo el calendario de inicio de curso. Por tanto, existe el riesgo de que los centros no conozcan en junio su plantilla ni el profesorado su destino para el curso 2026-2027.
Problemas que generaría la aplicación de los cambios propuestos
Además de lo señalado anteriormente, el informe enumera algunas situaciones que la aplicación literal de la proposición de Ley Foral conllevaría y que se califican de “disparatadas” como las siguientes.
En 1º de Educación Infantil de la educación pública, la disposición transitoria única impide incrementar unidades, por lo en que los centros en los que la preinscripción se debería producir un incremento de unidades en 1º de Educación Infantil para el curso 2026/2027, habría que desplazar a otros centros al alumnado que no tiene cabida en el centro.
Como la disposición transitoria única de la proposición de Ley Foral no diferencia etapas ni diferentes itinerarios educativos, la aprobación de esta norma obligaría también a suspender la nueva Oferta de Formación Profesional para el próximo curso con el subsiguiente perjuicio para el desarrollo económico, empresarial y laboral de la Comunidad Foral de Navarra, incluso obligaría a no ofertar el 2º curso de ciclos formativos de nueva implantación este curso al alumnado que ya está estudiando el primer curso.
Adicionalmente, habría que analizar (dado que no se prevé una calendarización en la reducción de las ratios en el artículo 2), si esta proposición de Ley Foral obligaría a desplazar de sus centros actuales, en el curso 2026/2027, a alumnado de 2º de infantil, 1º y 2º de Educación Primaria y 1º de la Educación Secundaria Obligatoria.
Por último, el impacto económico en el gasto del Departamento de Educación por la aplicación estricta del artículo 2 de la proposición de Ley Foral, sin tener en cuenta la disposición transitoria única por su contradicción ya puesta de manifiesto con anterioridad, y partiendo de los datos existentes en el presente curso 2025-2026, conllevaría la creación de alrededor de 80 grupos que supondría un coste aproximado total de 8 millones de euros. Por su parte, el impacto económico de la aplicación de la Disposición transitoria única de la proposición de Ley Foral que obliga a recuperar las 13 unidades netas no incluidas en el concierto para el curso 26/27 tiene un coste de 1,3 millones de euros.
Por tanto, el coste de la aplicación de la proposición de Ley Foral, con datos actuales, eso sí, obviando las contradicciones existentes en la proposición, ascendería aproximadamente a unos 9,3 millones de euros, que supone un incremento de alrededor del 5% del presupuesto total actual para la educación concertada.
La conclusión del informe es que la redacción de la proposición de Ley Foral presentada por UPN es “incoherente, carente de sentido y un auténtico despropósito”, ya que por intentar recuperar 15 unidades concertadas que no son necesarias para el sistema educativo, se genera incertidumbre en las 377 unidades ya autorizadas para los próximos 4 años en Educación Infantil y Bachillerato y se pone en riesgo la planificación educativa de los centros públicos para el curso 26-27.