Medidas organizativas - Dpto
El Departamento de Educación lidera la planificación y el desarrollo de la formación permanente, un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.
Contact: Sección de formación y calidad
Email: secretaria.cap.pamplona@educacion.navarra.es
Phone: General 848 426232 Certificados y Convocatorias 848 424775 / 848 424776
La formación continua es un derecho y una obligación del profesorado, un factor de calidad y una necesidad del propio sistema educativo, por lo que es necesario establecer las siguientes medidas organizativas para facilitar el desarrollo de la formación:
1. Organización de los centros
Los centros, una vez detectadas las necesidades, establecerán las acciones formativas necesarias para impulsar su Plan de Mejora. Los centros contarán para la elaboración del plan de formación del centro con el apoyo del responsable de la formación en el centro y el asesoramiento del CAP de referencia.
En el Plan de Formación del Centro se podrán utilizar las actividades formativas organizadas por el Departamento de Educación e incluidas en el Plan de Formación, y los equipos directivos podrán organizar la formación atendiendo a las modalidades y actividades más adecuadas a los objetivos propuestos. El profesorado ejercerá el derecho a la formación continua participando en las modalidades formativas en su propio centro y en las actividades del Plan de formación.
La Programación General Anual (PGA), como parte de la planificación institucional de cada centro, debe incluir el plan de formación y detallar el análisis realizado y las decisiones adoptadas sobre la formación. Esto permite, por un lado, que todas las personas del centro realicen adaptaciones organizativas y horarias para el cumplimiento de los objetivos previstos en la formación y, por otro, que el centro, al definir sus intenciones formativas, esté asumiendo un compromiso de mejora y, por tanto, de evaluación interna en relación con el proceso diseñado y los resultados obtenidos.
2. Certificación
A cada participante en una actividad se le expedirá un único justificante en el que se indicará su función (ponente, participante, coordinador) y todas las horas de formación que le hayan sido computados en su conjunto.
Para certificar la realización de las actividades formativas será obligatoria la asistencia a las sesiones presenciales de la actividad y el trabajo práctico de la misma si así se recoge en la convocatoria. Excepcionalmente, y con la debida justificación, podrá expedirse certificación a quienes hayan realizado al menos el 85% de las horas presenciales.
3. Inscripción y solicitud
Las fechas de las actividades formativas que figuran en el Plan de Formación son, en algunos casos, orientativas, para que el profesorado planifique su participación en las actividades. En la web de Formación del Profesorado https://educages.navarra.es/Educa/cursos-formacion/es/#/public. La inscripción y el proceso de admisión a la actividad solicitada sólo se podrá realizar/acreditar on-line, en la misma URL.
Algunas necesidades del sistema requieren medidas específicas de formación que las establecerá la sección correspondiente. Asimismo, se podrán suspender aquellas actividades que no alcancen el número mínimo de inscripciones establecido en la convocatoria, teniendo en cuenta la zona geográfica.