angle-left La nueva orden foral de Inclusión refuerza el Diseño Universal de Aprendizaje para garantizar la inclusión en todos los centros educativos

El consejero Gimeno ha remitido al BON la nueva normativa, que sustituye a las de 2008 y 2012

2023/08/24

El Departamento de Educación ha iniciado la nueva legislatura con la aprobación definitiva de la nueva Orden Foral de Inclusión, que ha sido firmada por el consejero Carlos Gimeno para su próxima publicación en el Boletín Oficial de Navarra, y que garantiza a las familias la escolarización del alumnado en el centro educativo que deseen. 

La nueva orden foral sustituye a las anteriores, de los años 2008 y 2012 y adapta el sistema educativo a los retos y desafíos del siglo XXI, de acuerdo con los objetivos fijados por la Unión Europea y la UNESCO, asumidos por la ley orgánica LOMLOE, incorporando entre los principios y fines de la educación el cumplimiento efectivo de la educación inclusiva y la aplicación de los principios de accesibilidad universal para el aprendizaje.

Esta primera actuación normativa del Departamento de Educación en el arranque de la legislatura 2023-2027 consolida el derecho a la educación inclusiva, una exigencia ética y jurídica que tiene su sustento legal en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas y la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, asegurando que el alumnado que afronta barreras por presentar necesidades no quede excluido del sistema educativo, especialmente el que lo hace por motivos de discapacidad. 

Hacer efectivo el derecho a la inclusión, asegurando que el alumnado que afronta barreras no quede excluido del sistema educativo, es el objetivo esencial de esta nueva Orden Foral que atiende especialmente los derechos del alumnado con discapacidad, al objeto de que pueda acceder a la educación en igualdad de condiciones y con los mismos derechos que los demás, haciendo de la inclusión educativa el pilar fundamental en la toma de decisiones pedagógicas y educativas de la vida de un centro docente.

La nueva orden foral regula las medidas y actuaciones de atención a la diversidad de todo el alumnado, especialmente de aquel que afronta barreras derivadas de necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE) y en particular del alumnado con necesidades educativas especiales. El censo actualizado de alumnado que presenta algún tipo de diferencia específica, según los datos de EDUCA, es de 36.693 alumnos y alumnas, lo que supone el 26% del alumnado escolarizado en Navarra. De este alumnado, 3.546 personas son estudiantes con necesidades educativas especiales. 

En ella, de aplicación en centros docentes no universitarios de Navarra, se han incorporado aportaciones realizadas por los equipos de orientación educativa, así como aportaciones de distintas asociaciones del tercer sector, y se establece que todos los centros deberán contar con sus respectivos Planes de Inclusión y trabajar en red con agentes externos sociales, sanitarios y comunitarios. Respecto a la escolarización de este alumnado, la orden foral indica que se determinará según la propuesta de modalidad de escolarización realizada. El alumnado se escolarizará con carácter general en la modalidad de escolarización de centro ordinario y la familia y/o representantes legales del alumnado podrán optar por la medida más inclusiva de entre las propuestas en base a los criterios y la normativa vigente. Se evitará el establecimiento de grupos que segreguen al alumnado por motivos de sus diferencias individuales, intereses, necesidades por cursar diferentes programas de aprendizaje de idiomas o similares. 

La orden foral se centra en la respuesta a dar al alumnado y no en la dificultad de éste mediante, por ejemplo, medidas y actuaciones específicas como adaptaciones que faciliten el acceso físico y/o a la comunicación del alumnado con necesidad específica de apoyo favoreciendo acceder a la información, la comunicación y la participación, y la utilización, en  el proceso de evaluación, de distintos instrumentos y acciones que contemplen los principios del diseño universal para el aprendizaje y proporcionen información, guía y alternativas. Se citan, entre otras, rúbricas, dianas de aprendizaje, portfolio, diarios de aprendizaje, listas de cotejo o instrumentos de registro, así como adaptaciones en lectura fácil, la combinación de tareas y/o pruebas orales y escritas, tipo test, etc., configurando un entorno que propicia un cambio de mirada del profesorado hacia el alumnado ACNEAE.

En los casos en los que la evaluación psicopedagógica se realice con el objeto de valorar un posible cambio de modalidad a centro de educación especial o acceso a unidades específicas, dicha evaluación y el correspondiente informe psicopedagógico será realizado con anterioridad al período de preinscripción, para que la familia y/o representantes legales pueda acceder a las plazas vacantes compatibles con las propuestas recogidas. Además, en la etapa de educación secundaria obligatoria podrán escolarizarse en unidades de currículo específico. El alumnado se escolarizará en centros de educación especial, cuando precisen medidas específicas y extraordinarias para afrontar barreras de manera que esta modalidad ofrezca una respuesta más favorable para su desarrollo.  Esta propuesta de escolarización se adoptará para alumnado con necesidades educativas especiales, cuando ni en centro ordinario ni, en su caso, en unidades específicas, sea posible proporcionar la respuesta educativa inclusiva más adecuada, una vez agotadas todas las actuaciones generales y específicas, de modo que estas sean claramente insuficientes para favorecer su desarrollo y calidad de vida.

En el curso 2023-2024 el sistema educativo navarro contará con un total de 151 estructuras específicas en las redes pública y concertada en los ciclos de Infantil, Primaria y Secundaria para atender a este alumnado.

Accesibilidad universal 

La orden foral introduce el concepto de accesibilidad universal en el contexto educativo como un derecho, diferenciando la accesibilidad física, la sensorial, la cognitiva y la emocional y define el concepto de barreras para la educación inclusiva, además de apuntar al Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) como el modelo adecuado para el enfoque inclusivo de la enseñanza. Al mismo tiempo regula las medidas y actuaciones para la equidad e inclusión educativa que deberán recogerse en el Plan de Inclusión de cada centro, con especial atención a la acción tutorial y la relación permanente con las madres, los padres, las tutoras o los tutores legales informando de aquellas medidas para la atención de las diferencias individuales.

La orden foral destaca, en relación a las propuestas metodológicas y organizativas inclusivas, que los apoyos y refuerzos al alumnado se realizarán dentro del aula y excepcionalmente, y de forma debidamente justificada y autorizada, bajo otra modalidad. Dentro del aula, con diferentes modalidades inclusivas: apoyo y/o refuerzo de dos o más docentes en el aula, apoyo especializado dentro del aula, desdobles de grupos, agrupamientos flexibles, docencia compartida, aprendizaje cooperativo, aprendizaje basado en proyectos, grupos interactivos, aprendizaje-servicio y aquellas otras modalidades inclusivas que pudieran desarrollarse. La orden recoge la intervención bajo el marco del apoyo conductual positivo o, dentro del desarrollo del currículo, el trabajo por ámbitos, exigiendo que el establecimiento de medidas de refuerzo educativo y el enriquecimiento curricular en el contexto de la evaluación continua se adopten tan pronto como se detecten las necesidades. Regula distintas medidas y siempre que sea necesario poder contar con el asesoramiento y acompañamiento del Centro de Recursos para la Equidad Educativa en Navarra o la unidad competente para la Inclusión Educativa del Departamento de Educación.

El Departamento de Educación valorará a través de un Mapa de Educación Inclusiva y del índice de escolarización de alumnado con necesidades específicas de apoyo de cada centro el establecimiento de mecanismos y acciones correctoras o potenciadoras que favorezcan la respuesta educativa articulando acciones que favorezcan atender de forma más ajustada las necesidades de los centros que escolarizan mayor proporción de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo o con determinados ISEC como bajar la ratio o el incremento de recursos.