angle-left Abierta hasta el 23 de abril la participación en la nueva normativa que regulará la inclusión del alumnado escolar

El texto, que sustituirá al vigente desde 2008, contempla actuaciones para atender la diversidad en las aulas, especialmente del alumnado que tiene necesidades especiales y precisa de apoyo educativo

2023/04/05

 

El Departamento de Educación ha sometido a participación pública hasta el 23 de abril en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra la nueva normativa que regulará la inclusión educativa en centros docentes no universitarios de la Comunidad Foral.

Este proyecto de orden foral, que sustituirá a la vigente que data de 2008, contempla medidas y actuaciones para atender la diversidad en las aulas, especialmente del alumnado que tiene necesidades especiales y precisa de apoyo educativo.

En concreto, se pretende asegurar que ninguna persona queda excluida del sistema educativo, especialmente por motivos de discapacidad, y pueda acceder a una educación en igualdad de condiciones y con los mismos derechos que las demás. Para ello, se prestará el apoyo necesario a este alumnado y se facilitarán medidas personalizadas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social.

El proyecto de orden foral hace referencia también a la accesibilidad universal en el contexto educativo, a medidas y actuaciones para la equidad e inclusión educativa, al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, a la evaluación psicopedagógica para la inclusión educativa, a la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, y a herramientas y mecanismos para potenciar la equidad e inclusión.

Proceso de escolarización para la inclusión

La propuesta de normativa que se somete a participación pública determina que las familias podrán solicitar la escolarización de sus hijos e hijas en el centro que deseen, y establece que todos los centros deberán contar con sus respectivos planes de inclusión y trabajar en red con agentes externos sociales, sanitarios y comunitarios.

Con carácter general, el alumnado se escolarizará en la modalidad de escolarización de centro ordinario y la familia podrá optar por la medida más inclusiva de entre las propuestas, con base a los criterios y la normativa vigente.

En los casos en los que la evaluación psicopedagógica se realice con el objeto de valorar un posible cambio de modalidad a un centro de educación especial o acceso a unidades específicas, dicha evaluación y el correspondiente informe psicopedagógico será realizado con anterioridad al período de preinscripción, para que la familia pueda acceder a las plazas vacantes compatibles con las propuestas recogidas.

Además, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria podrán escolarizarse en unidades de currículo específico. El alumnado se escolarizará en centros de educación especial, cuando precisen medidas específicas y extraordinarias para afrontar barreras de manera que esta modalidad ofrezca una respuesta más favorable para su desarrollo.

Esta propuesta de escolarización se adoptará para alumnado con necesidades educativas especiales, cuando ni en centro ordinario ni, en su caso, en unidades específicas, sea posible proporcionar la respuesta educativa inclusiva más adecuada, una vez agotadas todas las actuaciones generales y específicas, de modo que estas sean claramente insuficientes para favorecer su desarrollo y calidad de vida.