angle-left Educación extiende a todos los niveles educativos la atención domiciliaria para el alumnado convaleciente

A partir de ahora la contratación del profesorado la realizará directamente el departamento a través del CREENA

2020/06/22

El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra ha iniciado el proceso para extender a todos los niveles educativos la atención domiciliaria del alumnado enfermo o convaleciente, es decir, aquel que por prescripción facultativa debe permanecer de forma prolongada en su domicilio. Además, a partir de ahora, el profesorado que prestará este servicio será seleccionado y contratado directamente por Educación a través del Centro de Recursos Educativos Especiales de Navarra (CREENA), con lo que ya no será necesario que las familias se vean obligadas a realizar esa tarea.

El Boletín Oficial de Navarra publica hoy la Resolución del director general de Educación con las bases que regulan este tipo de atención, que posibilita la eliminación de las circunstancias de desigualdad que, transitoriamente, afectan a alumnado convaleciente, asegurando la continuidad del proceso de enseñanza-aprendizaje a través de la coordinación con el centro educativo.

Alumnado destinatario

Los destinatarios de atención educativa domiciliaria serán los alumnos y alumnas del 2º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Ciclos Formativos de Grado Medio y Bachillerato escolarizados en centros públicos y en los centros privados que tengan concierto para que estos estudiantes que, por prescripción facultativa, no pueden continuar con su asistencia regular al centro por un periodo superior a 30 días, reciban esta atención.

La misma consideración tendrán aquellas alumnas que por complicaciones en su proceso de gestación o derivadas del parto hayan de permanecer en su domicilio, por prescripción facultativa, por un periodo superior a un mes.

Será beneficiario del sistema, asimismo, el alumnado que vaya a incorporarse de forma progresiva a su centro educativo tras una convalecencia o con condiciones médicas que conllevan inasistencias intermitentes inferiores a un mes durante un periodo mínimo de seis meses, circunstancias que deberán reflejarse en el informe médico.

Y por último, la atención educativa domiciliaria se aplicará al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros de educación especial que, por accidente o por enfermedad común sobrevenida, deba permanecer en su domicilio transitoriamente. La atención a este alumnado, que tendrá carácter exclusivamente educativo, será excepcional y requerirá la aprobación del Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia.

Gestión desde el CREENA

Con el fin de prestar un adecuado servicio educativo al alumnado escolarizado en centros educativos de Navarra sostenidos con fondos públicos, el Departamento de Educación gestiona a través del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA) la atención educativa domiciliaria, entendida como una necesidad específica de apoyo educativo.

Para optar a este sistema los padres, madres o tutores deberán solicitarlo en el centro educativo y acompañar la solicitud por los informes médicos correspondientes, que en el caso de convalecencias de larga duración, deberán ser renovados cada tres meses. Las direcciones de los centros, a su vez, deben trasladar esa documentación al Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria del CREENA, e informar a éste de la situación escolar del alumnado solicitante.

El CREENA abrirá un expediente de cada caso y, tras su valoración por el Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, se comunicará a las familias la aprobación o denegación del servicio.

Para los casos aprobados, el centro escolar deberá remitir al CREENA una propuesta de plan de trabajo individual del alumno o alumna, que será estudiado por el tutor o tutora, el personal orientador y el profesorado asignado para llevar a cabo la atención educativa domiciliaria. Este equipo siempre tendrá en cuenta el estado de salud del alumnado y las variables socio-afectivas que de la enfermedad se hayan podido derivar, adaptándose siempre a las necesidades de cada uno.

Ese plan de trabajo individual se dividirá, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, en dos ámbitos educativos, el sociolingüístico y el científico-técnico, cada uno de ellos impartido por un profesor especializado. En atención Infantil y Primaria el equipo docente estará constituido por maestras y maestros. En todas las etapas, en la medida de lo posible se incorporarán las tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) a los procesos de atención educativa domiciliaria.

Cuando el profesorado del Equipo de Atención Educativa Domiciliaria no pueda atender todas las demandas, se ofertará al profesorado con jornada parcial perteneciente al centro en el que esté matriculado el alumnado convaleciente la ampliación de contrato.

El Departamento de Educación, a través de la convocatoria anual de listas de contratación, contará con una relación de docentes distribuidos por etapas educativas con objeto de cubrir las necesidades de demanda del programa que no puedan ser atendidas por el profesorado del Equipo de Atención Educativa Domiciliaria adscrito al CREENA ni, en su caso, por el profesorado del centro al que pertenezca el alumnado en cuestión.

Sesiones formativas

En función de la etapa educativa cada estudiante contará con varias sesiones de atención domiciliaria: cuatro sesiones semanales en 2º ciclo de Infantil y Formación Profesional Básica, hasta ocho sesiones en 1º, 2º y 3º curso de Primaria, y diez sesiones en 4º, 5º y 6º curso de Primaria, Secundaria, Grado Medio y Bachillerato.

Cabe remarcar que el pasado curso 46 estudiantes se acogieron a este servicio, 14 en Educación Primaria, 31 en Educación Secundaria y 2 en Bachillerato.