Normativa

El personal funcionario o contratado en la Administración dispone de información sobre la regulación aplicable a distintos ámbitos, como excedencias o jubilaciones, entre otros.

Contacto: Servicio de Régimen Jurídico de Personal
Correo electrónico: srjpeduca@navarra.es
Teléfono: 848 42 69 74

Reconocimiento de servicios

Ámbito de aplicación

Podrá solicitar reconocimiento de servicios prestados en otras Administraciones Públicas tanto el personal funcionario como el contratado laboral fijo o indefinido.

Asímismo, el personal contratado en régimen administrativo, podrá solicitar reconocimiento de servicios prestado en otras Adminstraciones Públicas, a efectos de abono del premio de antigüedad.

Normativa

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra reconoce y abona de oficio al personal funcionario o contratado laboral fijo o indefindo los servicios prestados en la misma, sin necesidad de que el interesado realice trámite alguno.

En el caso del personal contratado en régimen administrativo, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, reconoce de oficio los servicios prestados en la misma, sin necesidad de que el interesado realice trámite alguno.

En el supuesto de que se acceda a la condición de funcionario, la Adminstración de la Comunidad Foral de Navarra considera de oficio, a los efectos de su antigúedad reconocida, los servicios prestados como personal contratado temporal en la misma, sin necesidad de efectuar trámite alguno.

Servicios Prestados en otras Administraciones Públicas

Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas no son reconocidos de oficio por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Para que se efectúe su reconocimiento, deberá presentarse debidamente cumplimentada la siguiente documentación:

  • Solicitud dirigida al Servicio de Recursos Humanos.
  • Certificado en el que se exprese los servicios prestados en años, meses y días.
  • En el caso de que los servicios a reconocer hayan sido prestados fuera de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra deberá presentarse debidamente cumplimentado el Anexo I de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.


El reconocimiento de servicios surte efectos económicos a partir del día primero del mes siguiente al de presentación de la solicitud. La nueva fecha de antigüedad reconocida podrá consultarse en el recibo de nómina, al que se puede acceder a través de la página web, Recibo de Nómina.