Chromebooks no devueltos

Cuando un alumno/a no devuelva el chromebook que se le ha prestado, el centro debe:

  • Sustituirlo adquiriendo uno nuevo a través del Acuedo Marco, y reclamar su importe a la familia del alumno/a.
  • Solicitar que desde el CAU se le haga un seguimiento al chromebook no devuelto, mediante la petición de servicio Seguimiento de chromebook extraviado. Si el CAU ve que el equipo se está usando, lo bloqueará y el alumno/a no podrá utilizarlo.

El importe máximo a cobrar a los responsables legales del alumno/a por la sustitución del chromebook estará limitado por el valor venal del equipo, el cual se establece en base a la antigüedad del mismo.

  Valor venal (% del coste de un equipo nuevo)
Primer año 100 %
Segundo año 90 %
Tercer año 75 %
Cuarto año 60 %
Quinto año 45 %
Sexto año o más 24 %

 

En caso de que los responsables legales del alumno/a no se hagan cargo del coste de la sustitución del chromebook, el Departamento de Educación podrá emprender las acciones legales establecidas para compensar el coste de la reparación o sustitución del equipo entregado, siendo el centro el que en última instancia se hace cargo del coste de dicha sustitución.