El consejero Gimeno celebra que el Tribunal Supremo haya avalado la competencia exclusiva de Navarra en materia de función pública y educación - El consejero Gimeno celebra que el Tribunal Supremo haya avalado la competencia exclusiva de Navarra en materia de función pública y educación - Dpto
El consejero de Educación ha felicitado a los 352 profesionales docentes del PAI que han visto garantizada con una sentencia del alto tribunal su condición de funcionarios
2025/07/17
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“352 profesionales ven respaldada su condición de funcionarios y garantizada su trayectoria profesional y Navarra ve reconocida su competencia exclusiva en materia de función pública y en materia de Educación”. Con estas palabras ha valorado el consejero de Educación del Gobierno foral, Carlos Gimeno, la sentencia del Tribunal Supremo en la que se desestima el recurso interpuesto por el sindicato STEILAS, que defendía que el personal docente perteneciente a los cuerpos estatales ostentaba la exclusividad en la función de impartir servicio público educativo.
El Supremo, por el contrario, avala las tesis del Departamento de Educación y del Gobierno de Navarra y niega tal exclusividad determinando que otro personal funcionario no integrado en los cuerpos docentes estatales puede prestar ese servicio. “Y esto es lo que ha hecho Navarra”, ha indicado el consejero Gimeno. “Ante la necesidad de personal docente al que se requiere conocimiento de una lengua extranjera para impartir el PAI se han creado puestos de trabajo fuera de los cuerpos estatales, sin que ello se oponga, por lo tanto, a la normativa estatal para la ordenación de los cuerpos en que se organiza la función pública docente”.
Gimeno ha resaltado que “Navarra ve reconocidas así por el Tribunal Supremo sus competencias históricas de autogobierno. La sentencia impide el intento del sindicato recurrente de recortar la capacidad de autogobierno de la Comunidad foral de Navarra en materia de función pública. El tribunal respalda decididamente la apuesta del Departamento de Educación y del Gobierno de Navarra en la defensa de sus competencias”.
Se salva con esta argumentación de la sentencia la competencia exclusiva de Navarra en materia de función pública y en materia de educación y el Tribunal Supremo lo expresa así: “Pues bien, teniendo en cuenta los artículos 48 y 49 de la LORAFNA no hay duda de la competencia autonómica exclusiva para la definición de las plantillas y puestos de trabajo del profesorado, por lo que, en principio, ningún reproche jurídico cabe efectuar a la oferta de empleo público impugnada…” Siendo esto así, continua la sentencia, “en consecuencia, y coincidiendo con el Defensor del Pueblo que por resolución de 28 de julio de 2022 (BOE 17 mayo de 2022), acordó no interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Foral 11/2022, de 4 de mayo, no se advierten razones para plantear cuestión de constitucionalidad frente a la Ley Foral 11/2022, de 4 de mayo, y el recurso de casación debe ser desestimado.”
El consejero ha explicado que el Departamento de Educación va a poder contratar en función de las necesidades del sistema educativo navarro “y eso va a mejorar la calidad del mismo”. Según se deduce de la ley foral 11/2022, que permitió la creación de plazas docentes con perfil de lengua extranjera, y así lo recoge el Tribunal Supremo, este personal no se integra en los cuerpos estatales. En cuanto a la integración de este personal en esos cuerpos docentes nacionales, la ley foral 11/2022 encomienda al Gobierno de Navarra que realice los trámites necesarios ante la Administración del Estado y ahora el Tribunal Supremo deja abierta esa posibilidad, si bien, como hace la propia ley foral, la pone en manos del Estado por ser el competente.