Adquisición de equipos informáticos y software por parte del centro

Los centros no deben aceptar equipos usados o de segunda mano, debido a los problemas de mantenimiento y seguridad que generan, salvo que se solicite su autorización al Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas.

 

Equipos Homologados

Con el objetivo de facilitar la adquisición de equipos informáticos, tanto por parte del Departamento de Educación como por parte de los centros educativos, hay una serie de equipos y suministradores seleccionados u homologados.

Salvo excepciones autorizadas por el Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas, el equipamiento informático que compren los centros debe ser el de dicho listado de equiopos homologados.

Los equipos llegarán al centro serigrafiados, inventariados en GLPI, con el Windows 10 de Educación (si es que es un ordenador), y registrados en la consola de Google (si es un chromebook).

En la parte inferior de esta página está dicha relación de equipos homologados, con sus correspondientes hojas de pedido (una vez descargadas se deben abrir con LibreOffice, y rellenar la parte coloreada).

En cada hoja de pedido se pueden escoger las opciones deseadas, o comprar solo alguna de las opciones sin el equipo principal (por ejemplo comprar la pantalla sin la CPU)

Los equipos y suministradores se irán actualizando, por lo que cada vez que se vaya a hacer un pedido hay que descargar la plantilla que en ese momento esté colgada en el presente Catálogo de Servicios TIC.

Estas ofertas y hojas de pedido solo pueden utilizarlo los Centros y el propio Departamento de Educación. No pueden usarlo ni APYMAS, ni Ayuntamientos, ni empresas, ni docentes a título personal, ni las familias de alumnos.

Si una APYMA, Ayuntamiento o empresa, quisiera adquirir equipamiento informático para donar a un centros, antes de que se produzca dicha compra el centro debe ponerse en contacto con el Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas, para que se le explique cómo proceder.

 

Procedimiento de compra, tanto de equipos homologados, como no homologados, como software

La compra de equipamiento informático y software debe llevarse a cabo según consta en la Resolución 69/2023.

a) Compras inferiores a 5.000 € más IVA:

  1. La dirección del centro debe solicitar la autorización del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas, mediante el siguiente formulario.

    • En el caso de equipos homologados deberá aportar la hoja de pedido debidamente cumplimentada.

    • En el caso de equipos no homologados deberá indicar características y precio aproximado.

  2. Una vez recibida la autorización del Departamento, el centro deberá realizar la compra enviando al suministrador la hoja de pedido firmada y sellada .

b) Compras entre 5.000 € y 15.000 € más IVA:

b.1) Equipos homologados:

  1. El centro debe elaborar un informe en el que conste:

    • Descripción del objeto del contrato

    • Los requisitos técnicos de los equipos

    • Valoración económica del total de los equipos

  2. El centro solicitará la aprobación del Consejo Escolar de dicha compra.

  3. La dirección del centro solicitará la autorización de la Dirección General de Educación, mediante el siguiente formulario.

  4. Una vez recibida la autorización del Departamento, el Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas llevará a cabo una licitación pública para determinar la empresa adjudicataria y el equipo a suministrar, y comunicará el resultado al centro para que se haga cargo del pago de la factura.

b.2) Equipos no homologados:

  1. El centro debe elaborar un informe en el que conste:

    • Descripción del objeto del contrato

    • Los requisitos técnicos de los equipos

    • Los criterios de valoración conforme a los cuales se realizará la adjudicación del contrato, y la ponderación de los mismos.

  2. El centro trasladará dicho informe a un mínimo de tres empresas

  3. El centro elaborará un informe-propuesta de adjudicación, en el que conste la valoración de las ofertas recibidas con arreglo a los criterios fijados en el documento anterior.

  4. El centro solicitará la aprobación del Consejo Escolar de dicha propuesta de adjudicación.

  5. La dirección del centro solicitará la autorización de la Dirección General de Educación, mediante el siguiente formulario.

  6. Una vez recibida la autorización del Departamento, el centro podrá enviar el pedido al suministrador.